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Sin finiquito: Estos son los otros documentos con los que puedes cobrar tu Seguro de Cesantía

Más allá de los documentos, también se debe estar afiliado a AFC Chile, y haber cumplido con un mínimo de cotizaciones pagadas.

Por Nicolás Copano ·

Al finalizar una relación laboral, trabajadores en Chile pueden solicitar el Seguro de Cesantía, un proceso comúnmente asociado al finiquito, pero con opciones documentales alternativas para su cobro.

🔍 Este seguro es un derecho para todos los afiliados a AFC Chile, protegiendo a quienes se rigen por el Código del Trabajo, asistentes de la educación pública, trabajadores de casa particular, o contratados después del 2 de octubre de 2002.

📅 La afiliación a AFC Chile es automática para quienes cumplen con los requisitos mencionados, incluyendo ser mayor de 18 años y tener un contrato bajo el Código del Trabajo o el Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública.

💼 Para acceder al Seguro de Cesantía, es necesario estar cesante, afiliado a AFC Chile, y haber cumplido con un mínimo de cotizaciones pagadas, más allá del documento usado para demostrar la cesantía.

¿Qué otros documentos acreditan la cesantía?

🖋️ Aunque el finiquito es el documento más común para tramitar el seguro, existen alternativas para acreditar la cesantía, dependiendo de cómo finalizó el contrato laboral del solicitante. Estos son:

Cartas

  • Carta de despido: emitida y firmada por el empleador.
  • Comprobante de Carta de despido: emitido oficialmente por la Dirección del Trabajo.
  • Carta de renuncia: firmada por el trabajador y ratificada ante un ministro de fe.
  • Carta de mutuo acuerdo: firmada por el trabajador y el empleador, y ratificada ante un ministro de fe.
  • Carta de autodespido o despido indirecto: firmada por el trabajador.

Actas

  • Acta de avenimiento: firmada por el empleador, el trabajador y un juez mediante resolución anexa.
  • Acta de comparecencia o conciliación judicial: firmada por el empleador, el trabajador y un juez mediante resolución anexa.

Contratos

  • Contrato menor a 30 días: debe estar firmado por el trabajador y el empleador.
  • Contrato de trabajo y liquidación de sueldo de trabajadores portuarios: firmado por el trabajador.

Otros documentos

  • Certificado de término de relación laboral de la Inspección del Trabajo.
  • Declaración jurada electrónica de la Dirección del Trabajo.
  • Comunicación de término de relación laboral por quiebra del empleador.
  • Conciliación ante la Dirección del Trabajo.
  • Sentencia judicial.
  • Demanda laboral por despido injustificado, indebido o improcedente.

🌐 AFC Chile ofrece una plataforma web donde los afiliadospueden consultar su elegibilidad para el Seguro de Cesantía solo ingresando su RUT, proporcionando una vía rápida y directa para acceder a esta información. Aquí te dejamos el link.

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